sábado, 14 de marzo de 2015

¿SEGURO QUE ESTÁ MUERTO?



El artículo presentado, es un opúsculo producto de la basta experiencia del Dr. Fernando Verdú Pascal,Catedrático de Medicina Legal  de la Universidad de Valencia.  Director del Master en Medicina Forense.

Una curiosa sinopsis de ciertas quisicosas, peculiaridades y técnicas de la Medicina Legal y Forense
ÍNDICE
1.- Introducción
2.- ¿Seguro que está muerto?
3.- ¿Cuándo murió ?
4.- ¿Quién es el interfecto ?
5.- ¿Cuándo le hicieron las heridas?
6.- ¿Por qué mecanismo se produjo la muerte ?
7.- ¿Fue un homicidio, un suicidio o un accidente ?
8.- ¿Servirá del algo desenterrar el cadáver ?
9.- ¿Conclusión?
10.- ¿Quién pudo estar allí?
11.- ¿Quien es el presunto autor?

Introducción 

Si existe una gran desconocida entre las muy diversas especialidades médicas, es, precisamente, la Medicina Legal y Forense.

Quien más quien menos, por poca instrucción que haya recibido, sabe lo que es la Cardiología, la Reumatología, la Ginecología, etc...( podría plantearse dudas con la Estomatología que, como ustedes bien saben, no es la especialidad que se ocupa de las enfermedades del estómago, sino de las de la boca y los dientes ).

Sin embargo, de la Medicina Legal son relativamente pocos los que tienen noticia. Esos pocos, entre los que quizás alguno de ustedes se encuentre, los podemos situar en tres grupos bien diferenciados.

En otro conjunto se agrupan los que denominaré profesionales de la Justicia, entre los que se encuentran: Magistrados y Jueces, Fiscales, Secretarios Judiciales, Letrados y demás personal al servicio de la Administración de Justicia.

Finalmente, en el último de los grupos se reúnen todos aquellos quienes, de forma directa o indirecta, han tenido algún tipo de relación con la Justicia.



Por cierto, creo que este es el momento justo para aclarar que, cuando se habla del "Forense", se está utilizando una terminología inadecuada, ya que la denominación correcta es la de Médico Forense. Tan "Forense" es el médico como el letrado que intervienen en un caso, ya que dicha palabra deriva de foro, en relación con desarrollo de una actividad ante los Tribunales de Justicia, en las Salas.

Sin embargo, la costumbre ha hecho que al escuchar decir a alguien:"¿Que dice el Forense?", todos comprendamos que se está haciendo referencia a un médico que interviene en un caso judicial, aunque, estrictamente, bien podría tratarse de un lingüista con especiales conocimientos de arameo, que hubiera sido requerido por la autoridad judicial para aclarar el contenido de un documento. O un bombero (inconfundibles con su casco, sus botas y su manguera) que tuviera que asesorar a un Tribunal sobre la forma más adecuada de apagar un incendio.



Para responder a esta pregunta, nada mejor que recurrir ( con su permiso, Don Juan Antonio ) a la definición que de ella hizo mi Maestro, Don Juan Antonio Gisbert Calabuig, Catedrático de la asignatura en las universidades de Granada y Valencia, figura señera de la Medicina Legal española y padre científico de algunos de los especialistas que, en el momento actual, ocupan los mas destacados puestos en nuestra disciplina.

Señala el Profesor Gisbert Calabuig, que la Medicina Legal: "Es el conjunto de conocimientos médicos y biológicos necesarios para la resolución de los problemas que plantea el Derecho, tanto en la aplicación práctica de las leyes como en su perfeccionamiento y evolución ".

Para comprender esta definición en su justo alcance, hay que comenzar por señalar que el Derecho, desde su inicio en forma de normas dictadas por las costumbres, hasta su estructura actual, en forma de códigos articulados, es el encargado de establecer sistemas adecuados de comportamiento social .

Es decir: conforme han ido evolucionando las sociedades, se ha hecho necesario que se dictaran nuevas normas y se modificaran algunas de las preexistentes, para adaptar las leyes al tiempo en que se aplican.

Muchas de estas modificaciones normativas tienen un evidentísimo matiz médico y por ello, se ha establecido la actual relación de la Medicina con la Justicia y, mas ampliamente, con el Derecho.

Tratando de ilustrar esta relación tan intima, voy a poner un ejemplo, de modo que puedan ver hasta qué punto.la existencia de un ser humano puede estar condicionada, desde su concepción - o incluso antes - hasta mucho después de la muerte, por una regulación legal en la que la medicina juega un papel decisivo.

Si comenzamos con el acto de la concepción, no podemos olvidar que, en el momento actual, existen unas técnicas médico-quirúrgicas de reproducción asistida cuya aplicación se encuentra regulada por una normativa legal específica.

Tras la concepción, la continuidad del desarrollo fetal puede depender de la aplicación de alguno de los dos primeros supuestos contemplados en la regulación de la interrupción voluntaria del embarazo, contendida en el Código Penal. Dichos supuestos son la existencia de graves taras en el feto, o la existencia de un peligro para la vida de la embarazada. Para que la ley se aplique de una forma adecuada y el aborto provocado sea considerado "no punible", la circunstancia que concurra deberá ser acreditada por los correspondientes informes médicos previos a la aplicación del mencionado precepto.

Una vez se haya producido el nacimiento,.......

¿Seguro que está muerto?

La primera intervención de un médico forense en el transcurso de la diligencia del levantamiento, consiste en establecer que, efectivamente, lo que se va a levantar es un cadáver y no un cuerpo, aún vivo, con apariencia de cadáver. El primer escalón es, pues, hacer el diagnóstico de la muerte.

Para llegar a establecer el hecho cierto de la muerte, nos podemos servir de dos grandes grupos de signos. En uno de ellos, primero en el tiempo, se reúnen los que derivan directamente del cese de las funciones vitales.

El otro gran grupo está constituido por los llamados fenómenos cadavéricos. Su establecimiento comienza en el momento en que la muerte es un hecho cierto e irreversible y van progresando con el tiempo de muerte.

Antes de entrar en la descripción de estos signos, quiero hacer una inciso. En ocasiones, las distintas lesiones traumáticas que presenta un cuerpo son de una gran magnitud y por ello, pueden resultar tan orientativas que hagan innecesario el estudio sistemático de todos los signos para establecer el diagnóstico de la muerte. Imaginemos cualquier evento traumático en el que la consecuencia directa ha sido la decapitación de la víctima. Parece innecesario a todas luces que el médico se ponga a investigar si las funciones vitales han cesado o no.

Sin embargo, algunos de los signos que veremos en las próximas líneas si deben valorarse, puesto que su posterior aplicación a otros fines, nos va permitir extraer muy valiosas conclusiones, como tendremos ocasión de comprobar en otro capítulo.

La certeza en el diagnóstico de la muerte es algo que, sobre todo en el pasado, ha preocupado a un gran número de personas, debido fundamentalmente al temor ha ser enterrado vivo. Y, hoy en día, todavía siguen oyéndose historias sobre golpes y lamentos que se escucharon en algún cementerio.

Ese temor, utilizado adecuadamente, es el que ha permitido que determinadas empresas que se dedican a las Pompas Fúnebres (preferentemente asentadas en los EE.UU) tengan en sus catálogos modelos de arcas o ataudes con sofisticados sistemas de aire acondicionado, depósitos de alimentos y un adecuado sistema de comunicación con el exterior

Haciendo las cosas de modo correcto, sin precipitaciones, puede afirmarse que, en el momento actual, la posibilidad de ser enterrado vivo se debe considerar excluida. Pensemos sólo en que la legislación vigente en materia de Policía Sanitaria Mortuoria establece que el tiempo mínimo que debe dejarse transcurrir antes de proceder a una inhumación ( 24 horas en España ) es más que suficiente para que sean perfectamente perceptibles algunos de los fenómenos que, de forma indudable, aseguran que una persona ha alcanzado ya la condición irreversible de cadáver.

Ahora que ya están más tranquilos, vamos a entrar en materia.

¿Cuando murió?

Otra de las preguntas a las que el Médico Forense debe responder a la conclusión de una autopsia judicial es, precisamente, la que da título a este capítulo.

Establecer con exactitud el momento de la muerte de una persona es uno de los grandes retos que se le presentan al profesional de la Medicina Legal y Forense.

De hecho, algunos de los grandes Maestros de la disciplina consideraron que se trataba de un objetivo inalcanzable; pero ello no ha impedido que muchas de las investigaciones que se han realizado y se realizan en estos momentos, tengan como meta el conseguir una mayor precisión en el momento de situar cuándo se ha producido el tránsito entre la vida y la muerte.

En este campo, todos intentamos hacer nuestro aquel proverbio que reza: "No digas: Es imposible. Di: no lo he hecho todavía " (tiene toda la apariencia de ser un proverbio chino, pero es japonés. Lo delata la ausencia de erres.).

Bueno, pues pese a ello, todavía podemos ver en alguna película el momento en que, después de encontrarse un cadáver, se acerca un señor (habitualmente de entre cincuenta y sesenta años de edad, vestido preferentemente con abrigo oscuro, con sombrero o calvo y con gafas) y, después de mirar el cadáver, dice: "Al menos lleva dos horas muerto".

Como siempre digo a mis alumnos: "Mentira cochina que les corroe el alma". La cosa, como tendrán ocasión de ir comprobando, es mucho más complicada que todo eso.

Voy a tratar de justificar la importancia de situar la muerte en un tiempo conocido con tres o cuatro ejemplos. Si algunos de ustedes no se quedan convencidos, comuníquenmelo de inmediato y les mandaré un fax (también llamado telefacsímil) con cinco o seis ejemplos más

Cuando hablamos de asuntos criminales, a nadie se le puede escapar la necesidad de conocer el momento de la muerte. Este dato va a permitir que se establezca un punto de partida en las investigaciones judiciales que ayudará, verbigracia, en la identificación del cadáver de un sujeto desaparecido o a que la coartada de una determinada persona sea aceptada como exculpatoria o no.

¿Quien es el interfecto?

De entrada me van a permitir que aclare (sobre todo a algún periodista radiofónico despistado) que el interfecto es siempre un cadáver. Es una de esas palabras que algunas veces utilizamos sin conocer exactamente cuál es su verdadero significado. Con el diccionario en la mano, interfecto es aquel que ha muerto violentamente. Por ello, en sentido estricto no se puede hablar del "interfecto" cuando la muerte se ha debido a causas naturales, como un infarto cardíaco o una embolia cerebral.

Ya verán como, en un corto espacio de tiempo, van a tener la ocasión de escuchar, en alguna emisora de radio, algo parecido a esto: "¿Y qué le respondió el interfecto?".

Evidentemente, si un interfecto responde algo causará tres reacciones sucesivas: pavor, asombro e indignación (esta última dirigida hacia el médico que certifico la interfección).

Bueno, a lo que íbamos. La identificación un cadáver, o de unos restos, a los que se está practicando una autopsia, forma parte también parte esencial de la actividad médico forense.

No quiero decir con ello que lograr una identificación plena dependa, de forma exclusiva, de este profesional, sino que muchas observaciones realizadas durante el examen postmortal, se convierten en datos identificadores de inestimable valor y que, por lo tanto, pueden y deben ser aprovechados por el equipo judicial que desarrolla la investigación.

Como preámbulo considero que no está de sobra recordar el concepto de identidad.

Como ocurre en otras ocasiones, podemos encontrar múltiples definiciones, aunque yo me inclino por una cuyo autor bien podía haber sido Pero Grullo: " Identidad es el conjunto de características que hace a una persona distinta de las demás y solo igual a sí misma".

La identificación, en Medicina Forense, puede tener un resultado más restrictivo, ya que, por las características de los restos que estemos investigando, lo único que podemos hacer, finalmente, es ubicarlos en un determinado grupo.

Por ejemplo, si nuestra investigación se encuentra centrada sobre dos huesos como una tibia y un peroné, después de aplicar las técnicas correspondientes, podremos concluir, por ejemplo, lo siguiente: se trata de los restos de una mujer joven, de una estatura aproximada a los 160 centímetros, su grupo sanguíneo es el B, con una determinada dotación genética de ADN y que sufrió una fractura no hace demasiado tiempo.

Con esos datos, es posible dirigir la investigación hacia un grupo más limitado. Obsérvese que si existen cientos de personas desaparecidas, hay ya un gran número de ellas que quedan descartadas: hombres, ancianas, gigantes, enanos, sanos, etc…y ello puede suponer una gran tranquilidad para muchas familias. En las otras, la sensación de angustia aumenta.

La primera conclusión que podemos extraer ahora es que, en aquellos casos en los que el informe de autopsia comienza con la frase "Se trata del cadáver de un varón desconocido...", cuantos más datos se obtengan durante la sesión necrópsica, más sencilla se hará la identificación.

Del mismo modo, cuando junto al cadáver se ha encontrado un documento nacional de identidad, si el cuerpo se encuentra los suficientemente alterado como para poner en duda la identificación, se deberá comprobar que la huella dactilar del índice de la mano derecha coincide con la de los archivos del DNI (sobre los que luego volveré).

No debemos dejar de lado nada de lo que observemos, ya que en cualquier detalle, por insignificante que pueda parecer, puede encontrarse la clave de una investigación.

¿Algunos ejemplos?. De acuerdo:

La existencia de dos zonas deprimidas y de coloración rojiza en el caballete nasal (llevaba unas gafas que pesadas y de un tipo determinado).

Una zona ligeramente coloreada y encallecida en el pabellón auricular izquierdo (compatible con la utilización habitual de un audífono).

Coloración amarillenta intensa en los dedos pulgar, índice y meñique de la mano derecha; la uña de este último, ligeramente ennegrecida (fumador diestro que tenía la costumbre de desprender la ceniza con la uña del meñique).

Respecto a la trascendencia que tiene la identificación de los cadáveres, sólo voy a hacer un breve comentario.

¿Cuándo le hicieron las heridas?

Uno de los momentos mas apasionantes y dificultosos de la práctica médico-forense es aquel en el que debemos resolver el problema que encabeza el capítulo.

En el transcurso del estudio necrópsico deberemos averiguar si unas determinadas heridas que se han encontrado en el cadáver se han producido antes o después de que ocurriera la muerte.

Gracias sean dadas, no es una situación que se plantea habitualmente, pero cuando aparece, suele tener una gran trascendencia, como trataré de aclarar, como en el caso del momento de la muerte, con algunos ejemplos.

Si aparece un cadáver entre los escombros causados por el derrumbamiento de un edificio tras un incendio, deberemos averiguar en qué momento se han producido las diversas heridas que presente.

Probablemente algunas de ellas se hayan producido mientras la persona estaba todavía con vida y otras, las procedentes del derrumbamiento, cuando ya era cadáver.

Pero puede suceder que ya fuera cadáver cuando comenzó el incendio, por lo que ninguna de las lesiones tendrá las características de haberse producido mientras la persona se encontraba con vida.

¿Lo han asesinado?. ¿Se ha suicidado?. Tengan paciencia porque eso pertenece a otro de los capítulos del opúsculo.

Otra ilustración: un trabajador de la construcción puede precipitarse desde una altura elevada y fallecer como consecuencia de las heridas sufridas al chocar contra el suelo.

Pero también puede fallecer en el andamio, de un ataque cardíaco, por ejemplo y precipitarse posteriormente.

Al aparecer un cadáver en el mar, con una herida muy importante en la cabeza, se abre un abanico de posibilidades en cuanto a la forma de producirse la muerte.

Y perfectamente cabe la posibilidad de que haya sufrido un desmayo mientras se bañaba y, tras ahogarse, haya sido atropellado por una embarcación.

Caben muchas más posibilidades: un cuerpo abandonado en el centro de un calzada, el cadáver de un "ahorcado", el conductor de un automóvil "fallecido en un accidente de tráfico", etc.

Pero hay un elemento común a todas las situaciones. Los elementos de juicio que se aporten desde el estudio médico-legal del caso, pueden modificar, de forma muy sustancial, el camino que siga el resto de la investigación.

Sopesando este hecho, vuelve a ponerse de manifiesto la extraordinaria trascendencia social que encierra la actividad de los miembros del Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.

Un clásico de la Medicina Legal y Maestro de Maestros, Thoinot, estableció una clasificación de las heridas que podían producirse después de la muerte, en función de su origen y señaló que, inicialmente, podían ser accidentales o intencionales.

Entre las accidentales se pueden distinguir, asimismo, cuatro grandes grupos.

El primero de ellos recoge todas aquellas que son producidas por animales y que son habituales cuando el cadáver, por ejemplo, permanece un cierto tiempo en descampado o sumergido en el mar. Tanto los depredadores marinos como los terrestres (y aéreos), son atraídos por la fuente de alimento que supone un cuerpo muerto.

Una segunda posibilidad es cuando las heridas que encontramos en el cuerpo que estamos examinando, proceden de la acción postmortal de un elemento mecánico como puedan ser las hélices de una embarcación (efectivamente, perspicaz lector, ello nos explicaría la herida en la cabeza del pobre hombre de antes, que se había desmayado y ahogado).o bien los golpes que pueda recibir un cuerpo muerto y abandonado en una carretera.

Este último caso no es excesivamente infrecuente en la práctica habitual. Todos saben que siguen habiendo conductores homicidas que, después de atropellar a una persona, abandonan el lugar. Después otro conductor detiene su vehículo y alerta a la Guardia Civil. La investigación del accidente adquiere, evidentemente, una vital importancia para que no se atribuyan responsabilidades a quien únicamente ha realizado un acto humanitario.

¿Qué mecanismo produjo la muerte?

Antes de exponer los medios por los que un médico forense puede llegar a establecer cuál ha sido el instrumento o el mecanismo que ha causado la muerte de una persona es conveniente que, de forma breve, les de a conocer cuáles son las formas que utiliza la Parca para enseñorearse de nuestros organismos.

Clásicamente se han dividido los mecanismos de muerte en dos grandes grupos: los mecanismos directos y los indirectos.

Se habla de mecanismos de muerte directos cuando el fatal desenlace (que, bien es sabido, no es desatarse los cordones de los zapatos de forma horrorosa) se debe única y exclusivamente a ellos. Un ejemplo representativo de un mecanismo directo de muerte es la destrucción de los centros vitales contenidos en el cráneo que sigue, de forma indefectible, a la caída de una plancha de acero de 6 toneladas sobre la cabeza de una persona.

En cambio en los casos en los que la muerte se ha producido por un mecanismo indirecto, la lesión inicial es un paso preliminar y necesario para que sea otro proceso patológico el que cause la muerte.

También aquí se pueden poner numerosos y variados ejemplos, pero como resulta que ponerlos todos podría resultar ligeramente pesado solamente señalaré uno que, además, es probable que ustedes conozcan bien: un pinchazo con un clavo, en la mayoría de ocasiones, no reviste mayor trascendencia, pero si el clavo se encuentra contaminado, podría desencadenarse una infección tetánica que, de forma indirecta, sería la causante de la muerte.

Pues bien, para causar la muerte, sea por mecanismos directos o indirectos, se pueden utilizar un gran número de medios e instrumentos que trataré de exponer en las lineas siguientes, explicando los rasgos principales de las señales que su acción provoca en el organismo y que nos sirven para responder a la pregunta que da título al capítulo. Pero también, por las limitaciones que impone el espacio, sólo hablaré de algunos de los instrumentos capaces de causar la muerte.

El primero de los mecanismos que analizaré es el contusivo. Cuando en una noticia o en un certificado médico se dice que a una persona le han provocado contusiones, no crean que se trata de algo muy claro y evidente: hay que especificar mucho más. Es como, cuando nos preguntan "¿qué has comido?", contestáramos: "arroz" ( ¿de paella marinera?, ¿de paella de pollo y conejo?,¿a banda?, ¿de paella de langosta?, ¿arroz negro?, ¿blanco?, ¿amb fesols y naps?, ¿rossetjat?, ¿al horno?, ¿con habas y bacalao?, ¿con setas?, ¿con acelgas?, ¿con ratas de marjal?,…). Las contusiones son un gran grupo de lesiones que presentan una gran diversidad de características.

A cualquiera de nosotros nos es fácil comprender que no es lo mismo golpear a alguien con el puño que golpearlo con una barra de hierro. En ambos casos vamos a provocar una contusión, pero en el caso del puño, lo más probable es que provoquemos una moradura ( uno de los nombres que recibe en el lenguaje técnico es equimosis) mientras que con una barra de hierro podemos causar también una moradura o, si la hemos utilizado con la suficiente fuerza, podemos romper la piel (se llamaría entonces una herida contusa) y, además, causar la fractura de un hueso que se encontrara debajo de la zona que hemos golpeado.

Hay veces que sobre un cadáver encontramos moraduras y, de su estudio, podemos obtener un gran número de datos que sirven de forma preciosa a los fines del médico forense. Sin embargo, como en otras ocasiones, no hay que esperar milagros.
Hecha esta precisión que, yo al menos, consideraba necesaria, la lógica nos lleva a plantearnos un interrogante: ¿Qué es la Medicina Legal?.
Por ejemplo, por una cuestión tan simple como un accidente de tráfico en el que hayan sufrido algún tipo de lesión. Si no recuerdan mal, uno de los muchos trámites que debieron cumplir fue acudir, con cierta regularidad, a ser reconocidos por "el Forense" hasta que se recuperaron de las lesiones.
En uno de ellos encontramos a los médicos, quienes deben superar, durante los estudios de la Licenciatura en Medicina, una asignatura llamada Medicina Legal ( la Legal, según se suele decir ).

¿Fue homicidio, suicidio o accidente?

En este capítulo trataré de exponer algunas de las características que se estudian en los cadáveres, y el entorno físico y social en el que se han encontrado, para resolver la pregunta del encabezamiento.

Debemos partir, sin embargo, de algo mucho más amplio, que probablemente he mencionado en alguna parte del libro, y que es la diferenciación entre muerte natural y muerte violenta. Es el primer escalón que debe subirse, ya que de ello depende que posteriormente se vayan a realizar más o menos intervenciones judiciales.

Se llaman muertes naturales a todas aquellas en las que no existe ningún agente o situación externa que las provoque. En ellas se encuadran todas las muertes causadas por cualquier tipo de proceso patológico que podamos imaginar: infarto de miocardio, hemorragia cerebral espontánea, insuficiencia respiratoria, renal o hepática, oclusión intestinal, leucemia, etc…. Las causadas por infecciones también son muertes naturales aunque en su desencadenamiento intervienen, en la mayoría de ocasiones, agentes que vienen del exterior; son, digamos, agentes inocentes a los que no se puede acusar por haber provocado la muerte.

Frente a las muertes naturales, encontramos las muertes violentas, que son las debidas a la acción de algún o algunos agentes externos. En este grupo existen tres posibles orígenes en el desencadenamiento de la acción del agente externo, que dan lugar a las tres posibles calificaciones: homicidio, suicidio y accidente.

En el caso de los homicidios, existen una o unas personas que, de forma más o menos intencionada, ponen en marcha el agente externo mortal. Hay veces que la intención no es la de matar, pero se mata. En otras ocasiones, la finalidad última de la acción es, precisamente, provocar la muerte de la otra persona. De esta y otras circunstancias (algunas de ellas con evidente contenido médico-legal) surgen las distintas calificaciones para las diversas formas de muerte que establece el mundo de la justicia: parricidio, asesinato, infanticidio, homicidio. lesiones con resultado de muerte, etc…

En las muertes suicidas o autoinfligidas existe también un mecanismo externo, pero con la característica de que quien lo pone en marcha es la propia víctima. Tampoco en estos casos se puede hablar de u solo tipo de suicidio. Así, en un gran número de ocasiones el mecanismo mortal se desencadena de forma intencionadamente dirigida a causar la muerte y, además, con suficiente premeditación para alcanzar el éxito. En otras, en cambio, son maniobras suicidas o para-suicidas, que tienen como objetivo fundamental y único llamar la atención de personas cercanas a la víctima; lo malo es que, a veces, la cosa sale mal y se acaba consumando el suicidio. Finalmente, otro gran grupo esta formado por los suicidios en cortocircuito, caracterizados por la rapidez en la toma de decisión de poner fin a la propia vida; en estos hechos suele faltar la premeditación y elaboración que señalaba en el primero de los tipos.

Lo más trascendental de llegar a establecer que una muerte es de etiología suicida, es que a partir de ese momento, no cabe buscar ningún responsable al que se le pueda atribuir. Solamente en los casos en los que se sospeche la existencia de una inducción o auxilio al suicidio, por parte de terceros, deberá proseguirse la investigación.

En las muertes accidentales, a diferencia de los casos anteriores, no existe una voluntad humana que haya puesto en marcha el mecanismo por el que se ha producido la muerte. Quiero subrayar el término voluntad, porque es el elemento fundamental: aunque exista otra persona implicada en la producción del accidente, sea este del tipo que sea, dicha implicación no es voluntaria, sino que se debe a otras causas.

¿Servirá de algo desenterrar el cadáver?

Algunas veces, por motivos más o menos espectaculares o llamativos, aparece en los periódicos la noticia de que se va a desenterrar un cadáver para averiguar ciertos aspectos que no, en un momento dado, pueden no haber quedado claros.

Otras veces la noticia es el hallazgo de unos restos humanos en un paraje (generalmente recóndito) y la gente espera que la práctica de la autopsia revele facetas desconocidas del caso, como la identidad o la causa de la muerte. Estos sucesos son más dramáticos cuando coinciden con la desaparición prolongada de alguna persona.

Vamos a ver en el capítulo que están leyendo qué es lo que la medicina legal y forense puede aportar en estos casos.

Para comenzar de forma alegre, optimista y distendida, creo que vale la pena comenzar con una referencia al Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, que es la legislación de ámbito estatal en la que se contienen muchos aspecto referidos a los cadáveres. Obviamente no haré una exposición extensa, sino que me limitaré a aquellos puntos que tienen mayor relación con el capítulo a tratar.

En esa norma se señala que los posibles destinos de un cadáver son: la inhumación en nicho o en tierra, el lanzamiento en el mar o la incineración. También indica los plazos que no se pueden superar sin enterrar un cadáver o sin realizar algunas maniobras de conservación.

En otra parte del libro, ya he referido que no se puede producir el enterramiento de un cadaver antes de haber transcurrido 24 horas desde el fallecimiento de la persona. En el caso de que la inhumación se vaya a producir cuando ya hayan transcurrido mas de 48 horas y antes de las 72, para evitar situaciones de riesgo sanitario, se deben realizar las denominadas maniobras de conservación transitoria del cadáver. Consisten en la aplicación de una serie de sustancias, sólidas y líquidas que retrasan la putrefacción cadavérica, sin impedirla. Finalmente, cuando el soterrado del cadaver se vaya a efectuar una vez pasadas 72 horas desde el óbito, se deberá proceder al embalsamamiento, que, bien hecho, impide la putrefacción del cadáver.

Como ya habrán intuído, con su fina, acrisolada y aguda percepción, en los casos en los que se realizan las maniobras conservadoras, las posibilidades de que los médicos forenses puedan averiguar cosas, aunque haya transcurrido el tiempo, aumentan sensiblemente.

¿Conclusión?

Terminar un trabajo es siempre costoso y más si es escrito. Porque, aunque lo mires y revises una y otra vez, siempre se pueden encontrar cosas que faltan o cosas que sobran. De hecho, si continúo revisando los capítulos, corro el riesgo cierto de tener que cambiar el título por el de "¿Que decía el tatarabuelo del forense?".

En la introducción y los siete capítulos temáticos he recogido una muestra de algunas de las muchísimas intervenciones que los médicos forenses desarrollan en el ejercicio de sus funciones de forma que se pueda comprender cuánto pueden hacer…y también cuántas limitaciones y factores modificadores pueden encontrar en el momento en que deban interpretar lo que han observado sobre un cadáver.

Para hacer esta tarea (ustedes dirán si ha valido la pena), me he servido, tanto de las experiencias personales, como de los conocimientos medico-legales que se han venido acumulando a lo largo de la historia de nuestra Ciencia.

El progreso de una ciencia es siempre el resultado de la intervención de grandes mentes creadoras y minuciosos observadores que, junto a otros colaboradores anónimos, han ido aportando peldaños con la intención de alcanzar mayor perfección y fiabilidad en sus conocimientos.

Sin embargo, aunque la finalidad del progreso científico es siempre en beneficio de la humanidad - salvo las excepciones, que no conviene olvidar por el peligro que entraña la posibilidad de volver a vivirlas - se ha encontrado siempre con dos grandes limitaciones.

La primera de las limitaciones al progreso de la ciencia, es la ignorancia. Cualquier descubrimiento debe esperar a aquél o aquellos, no siempre versados en la materia, que le permitan entrar a formar parte de lo habitual.

Un ejemplo de esto lo encontramos en la investigación de la paternidad. Las pruebas sanguíneas, que permiten un diagnóstico de paternidad muy cercano al 100%, han sido conocidas "médicamente" mucho tiempo antes de que hayan sido aceptadas por las normas legales en los diferentes paises. En España, este reconocimiento se produjo con la promulgación de la Constitución, en 1978

Por otro lado, la aceptación de un descubrimiento está limitada también por los hábitos de pensamiento que se presentan en las diferentes culturas y períodos. Las ideas excesivamente avanzadas en una época, pueden aceptarse, sin reparos, cincuenta o cien años después. Y sino, que se lo pregunten a Leonardo da Vinci.

La Medicina Legal no es una ciencia nueva. Ni mucho menos. Lean, si no me creen, la breve historia que les cuento a continuación.

La Medicina Legal, en su progreso, se encuentra indisolublemente unida a la evolución e historia de la Medicina, desde sus períodos más primitivos.

Como inicio quiero mencionar un hecho que, por obvio, no se señala habitualmente. y es que el primer ser que practicó un rudimento científico de medicina legal fue el homínido que, en base a sus percepciones, fue capaz de generalizar lo observado en sus congéneres.

La historia científica documentada comienza, según se conoce hasta el momento actual, con el Código de Ur-Namnu (2.500 A.C.. ), fechándose posteriormente el de Hammurabi,1700 A.C.., en el que se recogen diversas referencias a situaciones de responsabilidad médica y otros aspectos del ejercicio profesional, violación y aborto.

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